Alegaciones de Pacto por el Mar Menor al Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura O.A. por el que se somete a información pública Proyecto de Construcción Colector de Aguas Depuradas de las EDAR de Torre-Pacheco y Los Alcázares hasta la EDAR de San Javier
Alegaciones:
1. La necesidad ineludible de poder contar con un Plan de Ordenación Territorial de toda la Cuenca Vertiente del Campo de Cartagena, tal como exige la ley 3/2020 de Protección y Recuperación del Mar Menor. Ninguna actuación debería iniciarse antes de que dicho Plan la tenga prevista y aprobada. Y en caso necesario (como es el que nos ocupa) debería ser objeto de Evaluación de Impacto Ambiental.
2. Esta interconexión propuesta por la CHS, va en contra de los principios y la filosofía que rige el Plan de Actuaciones Prioritarias del MITECO para la cuenca del Mar Menor, además de no estar incluida entre las actuaciones previstas. El Plan de Actuaciones Prioritarias, con actuaciones y plazos determinados (restauración de ramblas, corrección de escorrentías y de afecciones de los vertidos mineros, humedales, cinturones verdes, etc.) está redactado, tiene un horizonte temporal y cuenta con presupuestos específicos para cada actuación.
Dentro de esa filosofía y metodología adoptada por el MITECO no está prevista la interconexión entre diferentes Estaciones Depuradoras, que mucho se parece al "salmoreoducto” del primitivo “Plan Vertido Cero". Igualmente las actuaciones prioritarias son planteadas en función de la urgencia, con diferentes escalas espaciales y temporales, incluyendo las previsibles condiciones cambiantes debidas al cambio climático. Igualmente cada Municipio, debería de reutilizar al máximo las aguas depuradas procedentes de su EDAR.
Minimizando costos, restaurando y optimizando de diferentes formas esas aguas (que evidentemente deberían discurrir por conducciones separadas; pluviales y alcantarillado), riego de calles y jardines urbanos, creación de nuevas zonas verdes, pantanos artificiales impermeabilizados del freático, uso agrícola… etc.).
El resto de alegaciones, más específicas, de la interconexión de las diferentes EDAR, están muy bien recogidas en las alegaciones presentadas por la AVV de El Mojón, que además de estar perfectamente argumentadas, asumimos en su totalidad.
Que al amparo de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente; y la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se nos tenga por personados en el presente procedimiento y se dé respuesta al modo en que son consideradas las presentes alegaciones.
Para conocer el proyecto en su totalidad, haz clic en la imagen de las EDAR de Torre Pachecho (aérea) y San Javier.