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viernes, 25 de abril de 2025

Las dos leyes vigentes sobre el Mar Menor en 2025

La Ley 3/2020 de recuperación y protección del Mar Menor (autonómica), y la Ley 19/2022 que otorga personalidad jurídica al Mar Menor (estatal), tienen objetivos y enfoques distintos pero son complementarias.

  Ley 3/2020 de recuperación y protección del Mar Menor   
  • Se centra en la protección general del Mar Menor, estableciendo medidas para su recuperación y protección. 
  • Crea normas y limitaciones a la actividad humana. 


Gobernanza del Mar Menor 
La forman: 

1. La Comisión interadministrativa para el Mar Menor. 
Formada por:
  • Administración General del Estado, 
  • Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y 
  • Ayuntamientos 

2. Consejo del Mar Menor 
Es el máximo órgano colegiado consultivo y de participación en materia de protección integral del Mar Menor. Depende de la CARM. 

Composición 
a) Un tercio serán representantes de la Administración Regional, la Administración del Estado y los Ayuntamientos
b) Un tercio representará al Comité de Asesoramiento Científico del Mar Menor. 
c) Un tercio representará a organizaciones de la sociedad civil

Algunos aspectos clave de la ley
  • Aprobación del Plan de Ordenación Territorial de la Cuenca Vertiente del Mar Menor de la Cuenca Vertiente del Mar Menor. 
  • Establece una moratoria urbanística hasta que esta se apruebe el POT. 
  • Limitaciones a la fertilización: En un área de 1.500 metros desde la ribera del Mar Menor, se prohíbe el uso de fertilizantes químicos, estiércoles no compostados o abono verde. 
  • Limitación de la fertilización nitrogenada: Se establece un máximo de 170 kg de nitrógeno por hectárea y año. 
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  Ley 19/2022, de 30 de septiembre, para el reconocimiento de personalidad jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca.   

Reconoce al Mar Menor como un sujeto de derechos, otorgándole personalidad jurídica, lo que le permite ser defendido en los tribunales y ejercer sus derechos. 


Representación y Gobernanza 

Se concreta en tres figuras: 
  • Un Comité de Representantes, compuesto por representantes de las Administraciones Públicas que intervienen en este ámbito y de la ciudadanía de los municipios ribereños. 
  • Una Comisión de Seguimiento (los guardianes o guardianas de la Laguna del Mar Menor). 
  • Un Comité Científico, del que formará parte una comisión independiente de científicos y expertos, las universidades y los centros de investigación. 
Los tres órganos referidos, Comité de Representantes, Comisión de Seguimiento y Comité Científico, formarán la Tutoría del Mar Menor. 

Aspectos clave de la Ley 

Art. 6 
Cualquier persona física o jurídica está legitimada para la defensa del ecosistema del Mar Menor, y puede hacer valer los derechos y las prohibiciones de esta ley y las disposiciones que la desarrollen a través de una acción presentada en el Tribunal correspondiente o Administración Pública. 
  • Mayor representación social que en la Ley 3/2020. 
  • La tutoría es autónoma.
Esquema comparando las dos leyes:


jueves, 18 de julio de 2024

Concentración ante la Asamblea Regional como protesta a la propuesta de modificación de la Ley de Recuperación y Protección del Mar Menor

Hoy 18 julio 2024 junto con las organizaciones mencionadas abajo nos hemos concentrado frente a la Asamblea Regional para mostrar nuestro rechazo a la reforma de la Ley 3/2020 de Recuperación y Protección del Mar Menor, promovida por PP y VOX.

Concentración ante la Asamblea Regional

Estos dos partidos han propuesto para las comparecencias en la Asamblea casi exclusivamente a patronales y empresas del sector agrícola y ganadero industrial, y han ninguneado a sindicatos, sociedad civil y movimientos ambientales. 

Consideramos que tanto la tramitación, como el resultado, será sesgado y favorecerán intereses empresariales, a costa de sacrificar el Mar Menor y el interés general de toda la ciudadanía. Por ejemplo, las pretensiones de sacar a Fuente Álamo de la cuenca hidrográfica del Mar Menor, para favorecer los intereses de la ganadería intensiva que tiene en ese municipio cientos de granjas, con miles de cerdos y sus consiguientes residuos en balsas mal o nada impermeabilizadas. O la propuesta de sacar de la Ley las medidas de limitación del uso de nitratos y reducción de la contaminación por nitratos y convertirlas en un reglamento, lo que retrasaría al menos un año y medio o dos la adopción de medidas que hoy se deberían estar implementando si se cumpliera la Ley aprobada en 2020, que ya se espera que sean de mínimos, poco ambiciosas. 

Para las organizaciones sociales y ambientales, lo importante es aplicar ya la Ley, que lleva cuatro años aprobada, pero que todavía no ha aplicado las medidas de ordenación territorial, de reducción efectiva del uso de nitratos y las medidas de freno de la erosión, medidas todas ellas urgentes para reducir el impacto sobre el ecosistema y permitir el inicio de una recuperación sólida del Mar Menor. 

Las organizaciones manifestamos que: 

No es el momento, ni esta la forma, para una reforma de la Ley 3/2020 de recuperación y protección del Mar Menor. 

Es urgente cumplir ya con todos los artículos de la norma que no se están cumpliendo, y con el Plan de Gestión Integral y las Directivas Europeas, que también se están incumpliendo desde hace años.

 ● Tras la aplicación de las Leyes, si se estimara necesaria alguna mejora, debería tramitarse de forma ordinaria, para que se haga con la máxima participación social, y con todos los informes preceptivos de los órganos consultivos. 

Las organizaciones firmantes seguiremos vigilantes para denunciar, ante la Unión Europea y ante los tribunales, cualquier paso atrás en la protección del Mar Menor. 

Organizaciones que suscriben el comunicado:

Pacto por el Mar Menor · Alianza Mar Menor (AMARME) · Colectivo Banderas Negras · Ecologistas en Acción de la Región Murciana · Federación de Asociaciones de Vecinos del Campo de Cartagena y Comarca (FAVCAC) · Greenpeace ·SEO BirdLife · YayoFlautas –– Murcia

jueves, 13 de junio de 2024

Vox presiona para modificar la Ley de recuperación y protección del Mar Menor

La presión de Vox sobre el Gobierno regional del que forma parte, tal como había anunciado con anterioridad, se ha hecho realidad con el anuncio de un debate para la modificación de la Ley 3/2020 de recuperación y protección del Mar Menor, que fue aprobada en su día por mayoría parlamentaria. Por esta razón el jueves 13 de junio comienza el debate en la Asamblea Regional en el que intentarán rebajar las exigencias de esta Ley que ni siquiera se ha puesto en práctica en su totalidad.

Pacto por el Mar Menor solicitó el 17 de mayo una reunión con el portavoz del Grupo Parlamentario Popular, Joaquín Segado, para tratar sobre el debate de la ley, sin que hasta el momento hayamos obtenido respuesta.

Los grupos sociales de defensa del Mar Menor estaremos excluidos en ese debate por considerarnos que nos regimos por "motivaciones emocionales irrelevantes". No obstante estarán presentes 60 representantes de empresarios afines a los intereses de la agroindustria y ganadería intensiva.


Cultivos en el entorno del Mar Menor


La relación de artículos que pretenden modificar ha sido tomada del diario La Verdad de 12 de junio, y son los siguientes:

Artículo 29 Franja de 1.500 metros. Solicitan que haya menos reserva de suelo en las parcelas de secano (el 5%), que se permita el uso de la biosolarización contra las plagas, y que se autoricen nuevos invernaderos para cultivos hidropónicos. 

Artículo 32 Monitorización de riego. Advierten de que actualmente no hay sensores de medición de nitrógeno y fósforo. 

Artículo 36 Estructuras vegetales. Que no sea obligatorio implantarlas si ya existen barreras vegetales naturales. Piden excluir los invernaderos. 

Artículo 38 Erosión del suelo. Proponen que las operaciones de cultivo sigan las curvas de nivel en terrenos cuya pendiente sea mayor al 2%. 

Artículo 39 Limitación de ciclos de cultivo. Piden que en los invernaderos se pueden realizar hasta cuatro ciclos anuales. La ley fija de 2 a 3 según el cultivo. 

Artículo 40 Limitaciones en el uso de fertilizantes minerales. Proponen variar algunos porcentajes y condiciones de abonado mineral, y que se subsanen los errores de la calculadora de nitrógeno. 

Artículo 41 Recogida de aguas de invernaderos. Piden que queden exentos los que tengan una superficie inferior a 0,5 hectáreas. 

Artículo 42 Limitación de materiales orgánicos para fertilización. Solicitan eliminar la obligatoriedad de analizar algunos elementos. También quitar la prohibición de apilar estiércol durante más de 3 días, y que se tengan en cuenta las alertas por lluvias torrenciales. 

Artículo 43 Manejo de restos de cultivo. Ampliar los plazos para retirar los restos cuando haya alerta meteorológica. 

Artículo 46 Operadores agroambientales. Suprimir la obligatoriedad, excluir a las pequeñas explotaciones, y recibir ayuda económica para contratar dicho asesoramiento. 

Artículo 51 Limitaciones adicionales al ciclo de cultivo. Proponen incluir especies de cereales que absorben nitrógeno. 

Artículo 52 Limitaciones adicionales a la fertilización. Piden incluir la biosolarización. 

Artículo 54 Medidas adicionales de actuación. Proponen eliminar la monitorización de nutrientes en tiempo real porque no hay sistemas fiables. 

Artículo 81 Infracciones. Modificar algunas circunstancias para la consideración de las infracciones graves y muy graves, teniendo en cuenta el alcance de los daños ambientales o para la salud de las personas. 

Artículo 83 Sanciones. Piden reducir las cuantías de las multas por infracciones, y modular las sanciones accesorias. También trasladar el régimen sancionador en materia de protección de aguas por nitratos a la normativa específica en esa materia. 

Disposición Adicional 10 Entidades colaboradoras. Suprimir la obligatoriedad. 

Disposición Transitoria 6 Impermeabilidad artificial de los sistemas de almacenamiento de deyecciones. Eliminar la obligatoriedad para las explotaciones que pidieron autorización ambiental antes de la ley.