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viernes, 31 de julio de 2020

Análisis del Mar Menor por Juan Manuel Ruiz del IEO

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Etiquetas: declaraciones, IEO, Juan Manuel Ruiz, mar menor
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1.Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.


2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.


3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.


“Art. 45 de nuestra Constitución”


..........................................


“La política de la Comunidad en el ámbito del medio ambiente contribuirá a alcanzar los siguientes objetivos: - la conservación, la protección y la mejora de la calidad del medio ambiente; - la protección de la salud de las personas; - la utilización prudente y racional de los recursos naturales; - el fomento de medidas a escala internacional destinadas a hacer frente a los problemas regionales o mundiales del medio ambiente.”


“Apartado 1 del artículo 130 del Tratado Constitutivo UE.”


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