miércoles, 31 de enero de 2024

Limitaciones a la navegación marítima en el Mar Menor

El Consejo de Ministros aprobó el 31 de enero de 2024 un real decreto por el que se establecen limitaciones a la navegación marítima en el Mar Menor destinadas a reducir el impacto que provocan buques y embarcaciones incluidos los de recreo y las motos acuáticas durante la navegación.

Entre otras medidas, se prevén limitaciones a las emisiones de todos los buques y embarcaciones con una potencia de salida superior a 130 kW y restricciones específicas en relación con las emisiones de escape y sonoras de las embarcaciones de recreo o deportivas, construidas después de 2006, y de las motos náuticas.

Motos náuticas en el Mar Menor


Además, se prohíbe realizar cualquier vertido durante el servicio del buque o embarcación en aguas del Mar Menor y se determinan otras restricciones relacionadas con los límites de velocidad o las áreas de fondeo.

Velocidad
Con respecto a la velocidad, no se superarán los cinco nudos en las zonas con profundidades inferiores a cuatro metros; no se superarán los tres nudos en los pasillos de salida de buques y embarcaciones, las zonas de fondeo y en los puertos; y en el resto no se superarán los 20 nudos, salvo en los polígonos de velocidad autorizados.

Fondeos
En cuanto a los fondeos, quedan expresamente prohibidos en las zonas de especial protección de la biodiversidad marina, incluidas las praderas de fanerógamas marinas y sobre sustratos rocosos, así como en las zonas con presencia de nacras (Pinna nobilis), las de especial protección para las aves (ZEPA), las destinadas a uso de cultivos marinos, las delimitadas para uso militar y en aquellas otras zonas que se designen por la Administración marítima.

Embarcaciones fondeadas frente a la isla del Ciervo


Pacto por el Mar Menor considera que la velocidad permitida de 20 nudos es excesiva, lo adecuado sería permitir en esas zonas 12 nudos como máximo, sobre todo para las embarcaciones grandes, de 12 m de eslora o más, que con sus potentes motores a toda potencia, remueven el lecho marino y dejan una estela de aguas turbias y blanquecinas que tarda horas en disiparse.

Así mismo Pacto por el Mar Menor exige la instalación de suficientes fondeaderos ecológicos en el entorno de las islas para evitar que las anclas alcancen el fondo y un Plan de ordenación que incluyese el estado de los puertos deportivos, un censo de embarcaciones (que incluya eslora, manga, año de construcción, si están al día de la ITB, etc.), pero sobre todo que determinase la capacidad de carga del ecosistema y el fomento de los deportes náuticos, especialmente la vela y el remo.


La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha participado en el trámite de audiencia de esta norma.