lunes, 19 de junio de 2023

Personación de Pacto por el Mar Menor en los procedimientos por Responsabilidad Medioambiental

Con motivo de la Sentencia 67/2022, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, cuyo fallo obliga a proceder por el órgano competente de la CARM a la iniciación de un procedimiento de exigencia de RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL contra 7 empresas y personas físicas por DAÑOS AL MAR MENOR, PACTO POR EL MAR MENOR ha presentado una solicitud de personación en dichos expedientes. 

Se trata de expedientes administrativos muy novedosos, apenas usados, aunque tienen su origen en la Ley de Responsabilidad Medioambiental 26/2007, que a su vez transpone normativa europea. Es muy interesante esta Ley porque supone un cambio de paradigma en la respuesta jurídica a los daños ambientales. 

Se pretende sustituir el principio "quien contamina, paga" por el principio "QUIEN CONTAMINA, REPARA". En dichos expedientes, la Dirección General de Medio Ambiente (órgano tramitador) está cuantificando el coste de reparar el daño causado al Mar Menor por cada sujeto expedientado en el ejercicio de su actividad con la finalidad de que satisfagan dicha cantidad a las arcas públicas.

Con la intervención del Pacto, pretendemos que se expediente a más responsables (no sólo a los siete contra los que se está actuando ahora) y aportar a la Administración datos que permitan afinar la cuantificación del coste de la restauración ambiental (sin duda, una tarea nada fácil) gracias al conocimiento que tenemos del Marco de Actuaciones Prioritarias del MITECO, por ejemplo. 

Por último, debemos mencionar que la entonces Consejería de Agricultura, Agua, Ganadería, Medio Ambiente y Pesca se negó en 2020 a tramitar estos expedientes de Responsabilidad Medioambiental por estimar que no eran de su competencia. Dicho criterio ha sido corregido por el TSJ de Murcia a instancia de la Fiscalía.