Durante la mañana del 29 de mayo tuvo lugar en la Facultad de Derecho de la Universidad de Murcia la constitución de la tutoría del Mar Menor y su cuenca según manda el artículo 3 de la ley 19/2022 que reconoce al Mar Menor como sujeto de derechos al otorgarle personalidad jurídica con la presencia de la notaria Pilar Berral.
La representación y gobernanza de la laguna del Mar Menor y de su cuenca, se concreta en tres figuras: Un Comité de Representantes, compuesto por representantes de las Administraciones Públicas que intervienen en este ámbito y de la ciudadanía de los municipios ribereños; una Comisión de Seguimiento (los guardianes o guardianas de la Laguna del Mar Menor); y un Comité Científico, del que formará parte una comisión independiente de científicos y expertos, las universidades y los centros de investigación. Art 3.
Después de nombrar a cada uno de los representantes de cada comité, que serán a partir de ahora los tutores legales del Mar Menor, se procedió a elegir sus presidentes: la profesora de la UMU e impulsora de la ley Teresa Vicente resultó elegida presidenta del Comité de Representantes; el alcalde de Los Alcázares, Mario Pérez Cervera, de la Comisión de Seguimiento; y el catedrático de Ecología de la UMU Miguel Ángel Esteve del Comité Científico.
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A la izquierda los representantes de la Gerencia (Sergio Marco), el representante de la Comisión de Seguimiento (Mario Pérez Cervera) y el representante del Comité Científico (Miguel Ángel Esteve). |
a) La representación legal de la laguna del Mar Menor y su cuenca ante toda clase de personas, autoridades y entidades públicas o privadas.
b) La contratación de bienes o servicios y personas trabajadoras, así como la percepción de cobros o el abono de pagos efectuados para el desarrollo de su actividad. A tales efectos, solicitará el número de identificación fiscal a nombre de «La laguna del Mar Menor y su cuenca» de conformidad con lo establecido por el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
c) La aprobación anual del estado de cuentas, el presupuesto y el plan de trabajo en relación con la defensa de los derechos de la laguna del Mar Menor y su cuenca.
d) Establecer los mecanismos y procedimientos de coordinación interna de los tres órganos que la integran.
Para ver los componentes de cada comité, haz clic aquí.
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Ver la diferencia entre la Ley de recuperación y protección del Mar Menor (3/2020) y la Ley que otorga personalidad jurídica al Mar Menor (19/2022)